Plantean medidas como reducir el aforo o limitar el uso de instalaciones como cuartos de baños o vestuarios
Los Administradores de Fincas colegiados han trasladado al Ministerio de Sanidad su preocupación ante la cercanía del verano y la subida de las temperaturas, y la necesidad de tomar una decisión sobre la eventual apertura de las piscinas en comunidades de propietarios y urbanizaciones. Han remitido una carta a la Directora General de Salud Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad, en la que el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE), en la que plantean la necesidad de que se fije una normativa estatal para la apertura de las piscinas privadas comunitarias, en su caso, basada en criterios exclusivamente científicos, en la que se fijen las condiciones y protocolos que deben cumplir estas instalaciones, en caso de que se autorice su apertura.Play/Pause
En un comunicado, el presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Sevilla, José Feria, mantiene que “las comunidades de propietarios necesitan una legislación común de carácter nacional, por la cual ante la situación del Covid-19, y, una vez analizados los riesgos potenciales, se pueda garantizar el uso de las piscinas con todos los criterios higiénicos sanitarios necesarios, que ayuden a preservar la salud de los usuarios y por ende, tener la tranquilidad de que el recinto será un lugar seguro para todos”.
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Salvador Díez, presidente del CGCAFE, sostiene que, aunque la competencia en esta materia es de las comunidades autónomas, “es necesario que esta regulación sea la misma en todo el país para lograr una deseable homogeneidad en las condiciones en las que se produce la desescalada y concretamente en referencia al acceso a las piscinas. Si esto no fuera así, se producirían movimientos de población hacia los lugares de regulación menos restrictiva para un mayor disfrute de este servicio, lo que supondría un agravamiento del riesgo en dichas zonas”.
El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España -CGCAFE-, considera necesario que la regulación estatal establezca medidas para garantiza el distanciamiento entre personas lo que probablemente reducirá el aforo de las instalaciones. También recuerdan que la mayoría de las comunidades de propietarios no disponen de un control de acceso, y en aquellos casos en los que se cuente con un socorrista, no forma parte de su labor profesional controlar quién y cómo accede a la piscina. En consecuencia, es necesario conocer que el cumplimiento de las condiciones obligatorias que se establezcan será responsabilidad únicamente de cada ciudadano.
Sobre el uso de otras instalaciones que puedan ser un foco de contagios como vestuarios, servicios o lavabos, entre otros, es necesario valorar su apertura tomando en consideración la proximidad de las instalaciones a los domicilios de los usuarios y, si se procede a su apertura regular la necesidad de intensificar su limpieza y desinfección.
En España existe una gran diversidad de instalaciones, si se autoriza su apertura, será necesario que la regulación estatal se tenga que complementar con normas propias de cada Comunidad de Propietarios, y los Administradores de Fincas colegiados proponen que, ante la imposibilidad de convocar las juntas de propietarios en el actual Estado de Alarma, se faculte a la Juntas de Gobierno de cada Comunidad de Propietarios para que cada una de ellas regule cómo será el acceso a la piscina comunitaria.
Fuente: Cadena SER