No podéis plantar arboles a menos de dos metros de la parcela del otro.
Los afortunados que tengan un jardín también es muy probable que tenga la suerte de tener un vecino. En caso de que sea así vamos a determinar quien tiene la responsabilidad de esas ramas y hojas que caen donde no deben, o raíces que avanzan y dañan las cercas de separación entre fincas.
Estos malentendidos se pueden evitar fácilmente si hacemos caso al Código Civil, en su artículo 591. Este artículo dice para futuras ocasiones que queráis plantar árboles, tendréis que tener en cuenta que debes hacerlo a dos metros de la parcela del vecino
Si por ejemplo en vez de un árbol vas a plantar un arbusto o un árbol baja si podrás plantarlo un poco más cerca a 50 centímetros de la casa de tu vecino.
Por otro lado, si es tu vecino el que está incumpliendo la ley, pídele cuando antes que frene sus actos para que no provoque daños, o desperfectos, en tu propiedad, según Vilches Abogados.
El Código Civil también prevé los casos en los que las raíces se extienden hacia tu terreno recogido en el artículo 592 del Código Civil. Aunque en este caso sí piden que se haga con mucha diligencia, ya que de hacerlo mal podría empeorar mucho la situación.
Fuente: www.huffingtonpost.es